Todos los Gobiernos en los últimos 28 años, han tomado decisiones e impulsado iniciativas en el campo de la niñez, a través de las cuales buscaban establecer sus prioridades. Sin embargo, a pesar de aquellas, aún a la fecha el Estado no ha logrado realizar las reformas legales, institucionales y de política pública necesarias, para adecuar todo lo existente a la Convención sobre los Derechos del Niño.

En el marco de la celebración del “Día del Niño y Niña”, la Fundación para la Protección de la Infancia Dañada por los Estados de Emergencia (PIDEE), resalta la posición como “Bloque por la Infancia”, en el transcurso de las semanas que han sucedido a la comunicación del Presidente de la República, Sebastián Piñera Echeñique sobre el “Acuerdo Nacional por la Infancia”.

Como “Bloque por la Infancia”, hemos analizado sus contenidos y a partir de ello manifestamos que:

  1. Por lo tanto, como durante años lo hemos señalado con insistencia los organismos de la sociedad civil que trabajamos en infancia, nuestro país mantiene una deuda enorme con sus niños, niñas y adolescentes y, también por lo mismo, el sistema de atención existente desde 1979, se encuentra en crisis. Lo que implica que no está acorde a los tiempos y desafíos modernos, tanto en los enfoques como en la capacidad para responder a los cambios que ha experimentado la vida social, las familias y los propios niños y niñas, entre otros.

El Acuerdo Nacional (en adelante “Acuerdo”) lo entendemos entonces, como un nuevo intento, de parte de un nuevo Gobierno por tratar de avanzar en los cambios por tanto tiempo postergados.

  1. En tal sentido, le reconocemos al “Acuerdo” como mérito de fondo el poner al centro la Convención sobre los Derechos del Niño (explícitamente planteado en el numeral 7), construyendo así un piso de base para todo el espectro político nacional, piso que se funda en el reconocimiento explícito de niños, niñas y adolescentes como sujetos plenos de derechos. Dicho lo anterior, hacemos notar que, sobre el particular, falta más precisión y concreción en las propuestas y eso puede conducir a una ambigüedad en materia de derechos del niño, reconociéndolos por un lado y relativizándolos por otro, lo que no sería aceptable.

Reconocemos a la vez como principal falencia del “Acuerdo” el que en sus 94 acciones, no se prioricen aquellas estratégicamente relevantes para avanzar en las reformas pendientes, diferenciándolas de otras acciones que, siendo importantes e incluso urgentes, hacen parte (o así debiera entendérselas siempre) del quehacer cotidiano de los gobiernos por mejorar los servicios y programas existentes. De igual manera, las referencias a los plazos de implementación son ambiguas y no se constatan estrategias claras de control y seguimiento, respecto del cumplimiento de lo acordado.

  1. Como Bloque por la Infancia consideramos que, de las 94 acciones explicitadas, 16 de ellas abren oportunidades para avanzar en constituir, en un plazo ojalá breve, un Sistema Nacional de Protección Integral de los Derechos de la Niñez. Nos referimos a lo planteado en el “eje” de “Protección Universal” y en los sub-temas: “Ley de Garantía de los derechos de la niñez”, con acciones 7, 8 y 9; “articulación territorial” con acciones del 10 al 15 y “Participación de niños, niñas y adolescentes”, lamentablemente con una sola acción la número 16.
  1. Sobre el sub-tema “Ley de Garantía de los Derechos de la Niñez”, consideramos un avance el definirla explícitamente como una ley de bases generales, abandonando la equívoca mención a una supuesta “ley marco”. Entonces, en coherencia con aquello será fundamental ahora que el Ejecutivo explicite en las indicaciones del Título III de la misma, todo lo que será el diseño del sistema de protección administrativa. De igual manera, esperamos que las indicaciones del Título IV sobre institucionalidad, se vean fortalecidas, estableciendo allí la existencia de una autoridad rectora en derechos de la niñez en la figura del Ministro/a de Desarrollo Social (independientemente del cambio de nombre que tenga dicho Ministerio), detallando las distintas responsabilidades de todas las instituciones concernidas, generando la existencia de una Comisión Permanente de Infancia[1]al más alto nivel, que apoye la labor de la autoridad rectora, diseñando también una nueva institucionalidad a nivel territorial y local.
  2. Sobre el sub-tema “Articulación Territorial”, entre los numerales 10 al 15 se establece la existencia de una “Instancia Territorial de Protección administrativa”. Esta instancia debe quedar explicitada en la ley, en el Título III antes nombrado, definiéndola allí como la autoridad de la protección integral de los derechos de la niñez en el territorio, dotándola en dicha ley de las atribuciones, funciones y sobretodo de la potestad para ejercer efectivamente su rol.

Esta autoridad deberá ser el dispositivo principal y fundamental de gestión en lo administrativo, del sistema de protección integral en los territorios, en tal calidad debe asumir la promoción y la prevención de derechos como su foco, entendidas estas desde la participación activa y permanente de niños, niñas y adolescentes; así como desde la incorporación activa de las familias y las comunidades en tanto espacios de desarrollo y protección de todos los niños y niñas que habiten el territorio.

Esta autoridad deberá también recepcionar y articular las respuestas requeridas por niños y niñas, apoyar la implementación de estas respuestas entregadas por organismos de la sociedad civil y/o por servicios públicos o municipales, tomar medidas, monitorear y supervisar el cumplimiento de las decisiones, colaborar y apoyar a los tribunales de familia para la implementación de sus decisiones, orientar y supervisar, desde los derechos del niño, al conjunto del sistema a nivel territorial, particularmente a los actores de la administración del Estado y de los Municipios y a los actores de la sociedad civil organizada, que trabajan en infancia y apoyar todo lo que pudieran requerir las propias familias y/o cuidador/a de niños, niñas y adolescentes.

  1. Por todo lo anterior, la “reformulación de las Oficinas de Protección de Derechos(OPD)”, que se compromete en el “Acuerdo” con el diseño de un piloto (numeral 12) y que involucrará sólo a 10 Oficinas de Protección de Derechos del Niño (OPD`s, dependientes del SENAME y Municipios) a nivel nacional, lo consideramos, en tanto experiencia, muy poco significativa. Si bien entendemos dicho piloto como un paso inicial y básico, para la generación progresiva de las autoridades de protección administrativa de los derechos de la niñez en todas las comunas del país, no debemos olvidar que estamos hablando de una autoridad especializada y con potestad para desarrollar sus acciones, es decir, hablamos de una reforma institucional importante. Por lo mismo, la protección administrativa no es ni puede pretenderse que sea simplemente, una versión mejorada de las OPD’s, ella responde a un cambio estructural mucho más profundo, cambio que no se podrá resolver limitándose a mejorar parte de lo antiguo (el cual, por lo demás, también hace parte de la crisis actual).

Dado lo anterior es quelas definiciones y progresividad en el tiempo de la experiencia piloto como del despliegue de la protección administrativa, deben estar explícitamente incorporadas en la ley de bases generales de la protección integral, garantizando así que durante el año 2019 se iniciará realmente la extensión de esta autoridad, a todo el país.

Hacemos notar que, durante todos estos años los trabajadores de las OPD`s han desarrollado una esforzada y compleja labor sin las debidas garantías a sus derechos, por ello este es también un aspecto clave a considerar en el diseño del piloto, más aún si, desde la ley, estamos hablando de la principal autoridad en el territorio en estas materias. Para garantizar derechos de la niñez, los trabajadores/as deben contar también con sus derechos reconocidos y respetados. 

  1. Sobre el sub-tema “Participación de niños, niñas y adolescentes”, es central considerar que este es uno de los principios de base de la Convención sobre los Derechos del Niño, por lo mismo la actividad explicitada en el numeral 16, referida sólo a la generación de espacios formales en los Municipios, resulta muy pobre. Consideramos que la participación de niños y niñas debe estar incorporada como un párrafo específico en el Título IV de la ley de bases generales, estableciendo los principios, definiciones, funciones, responsabilidades y organización que esta participación conlleva, tanto en el campo de lo administrativo como en lo judicial.
  2. De igual manera, hacemos notar que el acuerdo nada dice sobre la participación activa de las organizaciones de la sociedad civil que trabajan en infancia. Por lo mismo, la participación de los organismos de la sociedad civil en el sistema de protección integral deberá ser relevada e incorporada en un párrafo específico, en el Título IV de la ley de bases generales. De esta manera, deberá hacerse cargo del carácter de “alianza estratégica”, como bien lo señaló el propio Presidente de la República al presentar el “Acuerdo”, que debe tener tanto la relación Estado-Organismos No Gubernamentales sin fines de lucro de la sociedad civil, como la relación Estado- Niños y niñas (estén estos organizados o no).

Esta participación debe contar, en la ley de bases generales, con mecanismos abiertos y democráticos, que aseguren que la misma tenga carácter vinculante.

De igual manera, en el párrafo referido del Título IV, deberá explicitarse el fortalecimiento a la institucionalidad actual de participación (Ley 20.500), dotándola de recursos y de sanciones en caso de incumplimientos.

Consideramos necesario precisar, como lo han hecho la Convención y las Observaciones Generales del Comité de Derechos del Niño, que esta alianza entre Estado y organismos de la sociedad civil (incluyendo a las organizaciones de niños y niñas) es mucho más que una relación donde se transfieren recursos y realizan intervenciones en terreno, esta alianza se funda en la necesidad de lograr juntos hacer avanzar las transformaciones sociales y culturales, que el reconocimiento de derechos de niños y niñas y, la instalación de un enfoque y de un sistema de protección integral, implicanpara toda nuestra sociedad.

  1. Como todo el proceso proyectado desde el “Acuerdo” configura un plazo mínimo de 7 años, para avanzar en estas reformas lo cual, sumado a los 28 años ya transcurridos, conllevará 35 años de demora, es que solicitamos al Ejecutivo y al Congreso, buscar por todos los medios acortar estos plazos a no más de 3 años, desde el momento que esté aprobada la Ley de bases generales de la Protección Integral (hoy “proyecto de ley de sistema de garantías”).

Esta es una gran reforma de carácter estructural que, desde hace ya varios años, las propias crisis y los dramas en la protección de la niñez en el país, han venido demostrando como urgente, sin embargo, la débil convicción de los Gobiernos y la difícil construcción de acuerdos políticos la ha hecho particularmente lenta, zigzagueante, incoherente y confusa. Esperamos por lo mismo, que este llamado sea acogido favorablemente por el Ejecutivo actual, dado que al final de cuentas en la hora presente, de él y sólo de él depende.

Firmantes:
Campaña Movilizándonos por una Cultura Integral de Derechos de los niños, niñas y adolescentes que viven en Chile (participan 400 organizaciones locales, redes locales, OPD´s y ONG´s de cinco regiones del país), Capítulo Chileno del Movimiento Mundial por la Infancia-MMI, Comunidad de Organizaciones Solidarias-COS (Representando a su Mesa de Infancia la que agrupa a 60 ONG´s), Foro Chileno por los Derechos de la Infancia, Mesa PRO-BICE (representando a 10 instituciones ligadas a la Iglesia Católica), Red de ONG´s de Infancia y Juventud- ROIJ (con 35 ONG´s de infancia y juventud a nivel nacional), Aldeas Infantiles SOS-Chile, Asociación Chilena Pro-Naciones Unidas-ACHNU, Corporación Chile Derechos, Corporación La Caleta, Corporación GRADA, Fundación Ciudad del Niño, Fundación Para la Confianza, Fundación Mi Casa, Fundación DEM, Fundación PIDEE, Fundación Pléyades, Maristas-Chile, ONG Paicabí, ONG Social Creativa, ONG Raíces, Universidad Central de Chile, World Vision-Chile, Comité de Pediatría Social de la Sociedad Chilena de Pediatría.

[1] Compromiso establecido explícitamente en página 95 del Programa de Gobierno 2018-2022, del Presidente Sebastián Piñera.